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En los juicios que se han llevado a cabo por violaciones a los Derechos Humanos a las
Juntas Militares, a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, etc., los jueces
que intervinieron (por lo general de Cámaras Federales de Apelación), llegaron a
la conclusión que la sustracción de menores no obedecía a un plan sistemático de
las autoridades que habían usurpado el poder el 24 de marzo de 1976.
Entendemos que esos jueces, en las causas que llegaron a su conocimiento, no han
recabado las pruebas suficientes como para acreditar que la sustracción de nuestros
niños no fue obra de la casualidad, o de actos aislados de meros robos de menores.
Ha quedado fehacientemente acreditado, a través de numerosos testimonios brindados
ante la Comisión Nacional de Desaparición de Personas (CONADEP), y en causas
judiciales que existieron centros clandestinos de detención de mujeres
embarazadas desaparecidas que funcionaron como verdaderas maternidades
(Escuela de Mecánica de la Armada, por ejemplo) hacia donde eran trasladadas
embarazadas desaparecidas desde distintos puntos del país para dar a luz.
Concluimos entonces que la "verdad" formal contenida en los expedientes judiciales
comentados difiere sustancialmente de la verdad histórica, la que buscamos las
Abuelas de Plaza de Mayo en sus esfuerzos por localizar y restituir a estos niños.
A pesar de la vigencia de gobiernos constitucionales las Abuelas seguimos encontrando
serios problemas en la tramitación de los juicios. Hay grandes resistencias en muchos
miembros del Poder Judicial que no entienden que nuestros nietos son víctimas de
numerosos delitos, aunque ahora se encuentren viviendo con los apropiadores en
una "buena y óptima condición económico-social". Estas resistencias no solo
dilatan el acto de la restitución, sino que en muchos casos, lo impiden en su totalidad.
Las medidas cautelares existentes resultan ineficaces. La interdicción de salida del país,
por ejemplo, es totalmente inútil en el caso de los prófugos de la justicia y
ha dado origen al fenómeno de las segundas desapariciones de niños localizados.
Todavía no se han articulado nuevas medidas de procedimiento y de fondo que atiendan a
situaciones totalmente inéditas como las restituciones de niños secuestrados a sus
legítimas familias.
Existen graves problemas en los juicios de filiación, que tienen fuero Civil,
cuando es necesario una previa sentencia penal. En estos casos todo el proceso sufre
dilaciones en el tiempo y esto tiene como consecuencia que el niño tenga dificultad
para manejarse con su verdadera y única identidad.
Nuestra Asociación, además de llevar adelante los numerosos juicios Civiles y Penales,
propicia reformas en la legislación que tiendan a modificar las
situaciones antes descriptas.
Creemos que el Derecho y la Justicia no pueden caminar al margen de una realidad
tan dolorosa como es el tema de los niños desaparecidos y nacidos en cautiverio.
Es necesario que incorporen el problema de manera tal que los beneficios de la
reforma alcancen a los niños víctimas de estos delitos y a la comunidad infanto-juvenil
en su conjunto.
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