CELS
Buenos Aires, octubre de 2003 |
Nulidad de las Leyes de Impunidad
La Corte demora la Justicia
La resolución adoptada hoy por la Corte Suprema de Justicia tiene por principal efecto prolongar la incertidumbre sobre la posibilidad de lograr justicia para los crímenes del Terrorismo de Estado. Esto demora aún más una definición demandada por la sociedad argentina en su conjunto.
A fines del año 2000, el CELS se presentó ante la justicia a fin de solicitar la investigación de los delitos de desaparición forzada y torturas cometidos contra José Poblete y Gertrudis Hlaczik de Poblete. Se demandó la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de punto final y obediencia debida, que fue resuelta en marzo de 2001, por el entonces juez Gabriel Cavallo. Esta decisión fue confirmada por unanimidad por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en noviembre del mismo año. El Procurador General de la Nación, en agosto de 2002, también ratificó la invalidez e inconstitucionalidad de las leyes de impunidad.
Desde esa fecha la Corte ha tenido el expediente en condiciones de fallar. Resulta escandaloso que el máximo tribunal haya demorado más de un año en adoptar una resolución de mero trámite, es decir que el caso debe pasar previamente por la Cámara Nacional de Casación Penal.
La intervención de la Casación es un tema controvertido y la propia Corte Suprema no ha establecido un criterio único en este aspecto. Sin embargo, es práctica reiterada del máximo tribunal decidir arbitrariamente cuándo procede la intervención de esta Cámara y cuando no.
La declaración de nulidad de las leyes de impunidad por vía legislativa, la consecuente reapertura de las megacausas, la circunstancia de haber personas detenidas y los reiterados pronunciamientos de instancias inferiores, hacen indudable que hay pocas cosas que revisten mayor importancia institucional que un fallo sobre la validez de las leyes. Con la resolución de hoy, la Corte ha dilatado pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, cosa que inevitablemente deberá hacer.
Incluso, la propia Corte había reconocido - a través de su presidente - en agosto de este año que la importancia y la sensibilidad del caso hacían necesario tomar una decisión una vez integrado el cuerpo en su totalidad. Llama la atención que ahora, a pocas semanas de la posible designación del noveno ministro, se haya cambiado de criterio.
La Corte Suprema de Justicia ha evitado enfrentar de una buena vez, por la vía adecuada, un tema institucional necesario para resolver los graves temas pendientes de nuestro país.